¿Cuántas CC. AA. necesita España?

En España, millones de personas no tragan más con el sistema autonómico

El Régimen del 78 es una auténtica curiosidad histórica. Lo digo con cariño, como niño que creció escuchando sobre sus próceres y triunfos, sin sospechar que era todo mangoneo y componenda: la creación de una corrupta España del Pelotazo bipartidista.

En lo poco que se ha escrito en España sobre los apaños que llevaron hasta el estado de las autonomías, en general se suele hacer hincapié en la particularidad del proceso: la idea de que un estado más o menos centralizado se dividió en 17 taifas con el famoso sistema del “café para todos”, otra de esas frases hechas de la Transición que hace tiempo que no tiene maldita gracia. No es que eso sea mentira, pero estaría bien que los que escriben sobre tal proceso se acordaran de que lo inventó Lenin.

Como explica Robert Service en su biografía de Stalin, aquel gran prócer progresista, la creación de una Unión Soviética con repúblicas que sustituyeron al Imperio Ruso fue idea del propio Lenin, quien personalmente lo llevó mucho más lejos de lo que otros pensaban que era razonable. El propio Stalin (georgiano, no ruso) admitió que muchos grupos no rusos no exigían autonomía alguna, aunque los comunistas insistieran en imponérsela, y citó el caso de los tártaros y los bashkires (en la fotografía), a quienes quería conceder una república autónoma, a pesar de que mostraban “total indiferencia”.

Como madrileño hijo de catalán con raíces andaluces, no puedo dejar de simpatizar con los tártaros y los otros. Aún recuerdo un concurso en el colegio para diseñar la nueva bandera de la gloriosa Comunidad Autónoma de Madrid, en el que participé con una propuesta que desde luego era muy superior al trapo infame que adorna los edificios públicos de la comunidad. A todos los niños, y a nuestros profesores, lo de una bandera para Madrid nos parecía bastante infantil, porque lo era.

Hay casos peores. Hace más de una década, el notario almeriense Eduardo Amat publicó un detallado artículo sobre la creación de la Comunidad Andaluza, con su bandera y su particular prócer “andalucista” –Blas de Infante– cuya lectura hiela el alma.

Como bien explica Don Eduardo, la Carta Magna de 1978 configuró dos distintos procedimientos para acceder a la autonomía: el previsto en el artículo 143, más lento en su tramitación, no preconfiguraba las instituciones autonómicas y limitaba las competencias que podrían asumirse (las detalladas en el art. 148.1); y el establecido en el artículo 151, más rápido, garantizando un poder político propio y un horizonte competencial mayor.

Ojo, que esta segunda vía exigía que la iniciativa autonómica fuera ratificada mediante referéndum, convocado mediante ley orgánica, por el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los electores de cada provincia implicada.

En Andalucía, se impuso la opción del art. 151, siendo la única comunidad que finalmente accedió a la autonomía por esta vía, con la intención de equipararse a las llamadas comunidades “históricas” (País Vasco, Cataluña y Galicia). Éstas consiguieron el estatuto de autonomía política durante la Segunda República Española y se colaron en 1978 vía la Disposición Transitoria Segunda en la Constitución: y si no hubiera sido por eso, habríamos visto si ciertas provincias, como por ejemplo Vitoria o Barcelona, aceptaban el trágala autonómico.

En Andalucía, el referéndum se celebró el 28 de febrero de 1980. El plan era que, si se rechazaba la iniciativa, no podría repetirse la votación durante al menos cinco años. Y la iniciativa pasó en todas las provincias (en Jaén tras impugnaciones judiciales) menos en Almería, donde el “sí” solo alcanzó el 42% de los electores, las personas con derecho a voto, lejos del 50% exigido.

El “consenso de la Transición” se puso en marcha para arreglar el problema. Igual que en Rumanía y en Moldavia cuando se reforzó la democracia en 2024 y 2025 al expulsar a candidatos indeseables, y en la UE se repitieron o ignoraron referéndum cuando hizo falta (Francia 2005, por ejemplo); igual que en Grecia el Podemos local, Syriza, organizó en 2015 un referéndum para darle un corte de mangas a la UE cuyos resultados luego ignoraron todos, sobre todo Syriza.

El apaño bipartidista con Almería fue para colgar enmarcado en El Prado: Adolfo Suárez y Felipe González acordaron, mediante la LO 12/1980, añadir dos párrafos al art. 8.4 de la LO 2/1980, para explicar que con una mayoría simple les valía en aquella provincia, y que todo iba a ir palante igual. Todo ello con efectos retroactivos, y dos voluntades como dos pinos.

Esto les puede sonar a queja de abuelo cebolleta sobre eventos en tiempos prehistóricos. Pero es importante tener en cuenta que el referéndum autonómico en Andalucía no fue debidamente ratificado conforme a las exigencias del art. 151 CE, y por ello todo el proceso autonómico en Andalucía es inconstitucional. Esto es innegable.

Debido a que la Constitución de 1978 sigue en vigor, la autonomía andaluza puede ser legalmente desmontada. Por completo. Como explica Don Eduardo, los apaños que se usaron para arreglar el voto “en estricta aplicación del principio de jerarquía normativa (art. 9.3 CE), adolecen de un vicio de nulidad, e igualmente nulas e ineficaces son todas las consecuencias derivadas de dicho referéndum”.

No estamos hablando de un secreto inconfesable que no se puede desvelar. Hablamos de una palanca política que se puede utilizar. En España hay millones de personas que no tragan más con el sistema autonómico, sobre todo fuera de las comunidades históricas, y ya hay territorios que no pertenecen a ninguna comunidad autónoma: Ceuta y Melilla. Podría haber más.

El art. 137 de la Constitución establece que “el Estado se organiza territorialmente en municipios, provincias y comunidades autónomas”, lo que obviamente no ha sido óbice para que Ceuta y Melilla vivan sin comunidad. No hay impedimento en el sistema legal para que un futuro gobierno español:

  1. Reabra el asunto de referéndum ilegal andaluz.
  2. Ofrezca a cualesquiera provincias o comunidades que lo deseen la posibilidad de abandonar el sistema autonómico.

La comunidad de Murcia, por ejemplo, se llama Región de Murcia porque hay muchas esquinas de España que no tienen interés en darse aires de grandeza. La supresión de los carísimos aparatos administrativos de las comunidades sería buena para muchos; y a las regiones o provincias que vuelvan al antiguo sistema de gobernador civil se les podría premiar con compromisos extra de inversión en base a los ahorros logrados al suprimirse cámaras ridículas como el Parlamento de la Comunidad de Madrid. Merece la pena intentarlo.

Madrid, 1973. Tras una corta y penosa carrera como surfista en Australia, acabó como empleado del Partido Comunista Chino en Pekín, antes de convertirse en corresponsal en Asia-Pacífico y en Europa del Wall Street Journal y Bloomberg News. Ha publicado cuatro libros en inglés y español, incluyendo 'Podemos en Venezuela', sobre los orígenes del partido morado en el chavismo bolivariano. En la actualidad reside en Washington, DC.

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